De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
Luego de referirse a los hechos acusados y dilucidados en juicio oral, la recurrente señala que el Tribunal de alzada revisó la prueba de manera sesgada y parcial, ya que se demostró por los testigos que la víctima fue despojada de su bien por medio de engaños en los que participo el acusado y que ese aspecto fue determinante, pero los Vocales entran a valorar solo “unas cuantas pruebas” para anular forzadamente la resolución, con el argumento de que el Juez a quo no realizo una expresión intelectiva lógica de cada elemento de prueba, lo cual no es evidente, invoca los Autos Supremos 432 del 15 de octubre del 2005 y 88 del 25 de abril del 2012, señalando que el Tribunal de alzada valoró las pruebas lejos de los principios de inmediación y contradicción.
III.REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP)
- Por memorial presentado el 7 de septiembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 31 de agosto de 2016 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 31 de agosto de 2016, fue
- En el único motivo, la recurrente alega que el Tribunal de alzada revisó la prueba
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
