De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 3/2015 de 21 de agosto (fs. 237 a 251), el Tribunal de Sentencia de las Provincias Eduardo Avaroa, Sebastián Pagador y Ladislao Cabrera con asiento en la Localidad de Challapata del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Steves Dante Marín Huanca e Ibis Dante Marín Cano, autores de la comisión del delito de Lesiones Gravísimas, previsto y sancionado por el art. 270 inc. 2) del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión, con costas y pago de responsabilidad civil a favor del Estado y acusación particular; asimismo, concedió el beneficio de la suspensión condicional de la pena.
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Ibis Dante Marín Cano, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 254 a 256 vta.), que previa adhesión de Steves Dante Marín Huanca (fs. 261 a 262), fue resuelto por Auto de Vista 45/2016 de 22 de julio, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que declaró improcedente el recurso y su adhesión, confirmando la Sentencia impugnada.
c) Por diligencia de 23 de agosto del 2016 (fs. 346), fueron notificados los recurrentes con el referido Auto de Vista; y, el 30 del mismo mes y año, interpusieron el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 30 de agosto de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) En cuanto a la denuncia fundada en la existencia del defecto de Sentencia previsto
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se evidencia que los recurrentes
- Por otra parte considerando la precisión efectuada en la última parte del acápite anterior,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
