CONSIDERANDO II
CONSIDERANDO II:
Que, el recurso de casación cursante de fs. 719 a 724; cita de manera correcta los datos de identificación del Auto de Vista recurrido, y su foliación; que el Auto de Vista Nº 249 de 30 de septiembre de 2015, fue notificado a Edwin De La Cruz Troche en representación de YPFB, el lunes 16 de noviembre de 2015, y que este, interpuso recurso de casación en fecha 23 de noviembre del mismo año conforme consta en el timbre electrónico de fs. 719, dentro del plazo establecido por Ley, de conformidad al art. 210 del CPT, y concordancia con el art. 90 en sus parágrafos I, II y III del NCPC, con a permisibilidad establecida en el art. 252 de la norma adjetiva laboral
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) a través
- En esta materia se tiene una norma adjetiva específica, el Código Procesal del Trabajo
- CONSIDERANDO II
- Que, además en el caso concreto, se asume que el recurso de casación cursante de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Firmado
