Que, el segundo recurso de casación interpuesto por el actor, de fs
Que, el segundo recurso de casación interpuesto por el actor, de fs. 178 a 179; cita de manera correcta los datos de identificación del Auto de Vista recurrido; que el Auto de Vista Nº 115/2015 de 18 de noviembre, fue notificado a Raimy Inka Tawan’inti Acarapi, el día 16 de diciembre de 2015; y este, interpuso recurso de casación en fecha 23 de diciembre del mismo año, conforme consta en el sello de recepción de fs. 180, dentro del plazo establecido por Ley, de conformidad al art. 210 del CPT, y concordancia con el art. 90 en sus parágrafos I, II y III del NCPC, con a permisibilidad establecida en el art. 252 de la norma adjetiva laboral
- VISTOS: Los recursos de casación interpuestos por José Luis Aramayo Ascarrumz Vedia propietario de la
- En esta materia se tiene una norma adjetiva específica, el Código Procesal del Trabajo
- CONSIDERANDO II
- Que, el segundo recurso de casación interpuesto por el actor, de fs
- CONSIDERANDO III
- Por consiguiente, cumplidos los requisitos establecidos para la admisibilidad en los recursos planteados, procederse a
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Firmado
