CONSIDERANDO I:
VISTOS: El recurso de casación de fs. 1029 a 1031, interpuesto por Abel Freddy Fernández Quilo, en representación legal de German Pomier Sánchez contra el Auto de Vista Nº S-391/2014 de 20 de octubre de 2014, cursante de fs. 1024 a 1025 vta., de obrados pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de reivindicación y acción negatoria interpuesto por German Pomier Sánchez contra Cristina Salcedo Peñaloza y Otros; la respuesta al recurso de fs. 1034 a 1037; el Auto de concesión de fs. 1045; los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Sentencia dictada por la Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de La paz cursante de fs. 990 a 995, misma que declaró improbada la demanda de acción negatoria y reivindicación, interpuesta por German Pomier Sánchez, representado por Abel Freddy Fernández Quilo contra Cristina Salcedo Peñaloza, Ovidia Pacheco Mostajo, Dieter Freddy Montes de Oca Antezana y Raphael Abraham Montes de Oca Antezana; con costas
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
La Sentencia dictada por la Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de La paz cursante de fs. 990 a 995, misma que declaró improbada la demanda de acción negatoria y reivindicación, interpuesta por German Pomier Sánchez, representado por Abel Freddy Fernández Quilo contra Cristina Salcedo Peñaloza, Ovidia Pacheco Mostajo, Dieter Freddy Montes de Oca Antezana y Raphael Abraham Montes de Oca Antezana; con costas
- Partes: German Pomier Sánchez. c/ Cristina Salcedo Peñaloza y Otros
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I:
- Resolución contra la cual el demandante por medio de su Abogado apoderado Abel Freddy Fernández
- Del contenido del Recurso de Casación se extrae lo siguiente
- Acusa, vulneración del parágrafo II del art
- Por este razonamiento jurídico, en apoyo del art
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Del contenido del recurso de casación se advierte que el reclamo se centra en el
- Del contexto del todo el recurso de casación se advierte que el recurrente acusa la
- Por todo lo expuesto, corresponde fallar en la forma prevista por los artículos 271 num
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
