POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa
Por consiguiente, cumplidos los requisitos establecidos para la admisibilidad del recurso planteado, procederse a la admisión del mismo.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa., Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del 277.I del nuevo Código Procesal Civil ADMITE el recurso de casación interpuesto por Olga Durán Uribe, Brenda Erika Siñani Rojas y Verónica Ardaya Miranda, apoderadas legales de Juan Edwin Mercado Claros, Director General Ejecutivo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto – SENASIR, cursante de fs. 236 a 241 de obrados
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa., Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del 277.I del nuevo Código Procesal Civil ADMITE el recurso de casación interpuesto por Olga Durán Uribe, Brenda Erika Siñani Rojas y Verónica Ardaya Miranda, apoderadas legales de Juan Edwin Mercado Claros, Director General Ejecutivo del Servicio Nacional del Sistema de Reparto – SENASIR, cursante de fs. 236 a 241 de obrados
