Al efecto, el nuevo Código Procesal Civil, Ley N° 439/2013, por mandato de la Ley
Al efecto, el nuevo Código Procesal Civil, Ley N° 439/2013, por mandato de la Ley N° 719 de 6 de agosto de 2015 entró en vigencia plena desde el 6 de febrero de 2016. Esta ley, en su disposición transitoria Sexta establece que: “Al momento de la vigencia plena del Código Procesal Civil, en los procesos en trámite en segunda instancia y casación, se aplicará lo dispuesto en el presente Código” (sic)
- Demandante : UNIGRAF
- VISTOS: El recurso de casación (fs
- Al efecto, el nuevo Código Procesal Civil, Ley N° 439/2013, por mandato de la Ley
- Concordante, el art
- En el caso, tomando en consideración que el recurso de casación en la forma y
- CONSIDERANDO II
- Por lo expuesto, considerándose cumplida a cabalidad la carga procesal explicitada en el art
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
