CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisado el recurso interpuesto por el Gobierno Autónomo
CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisado el recurso interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija a través de su representante legal, fue planteado, presentado y admitido en vigencia plena del nuevo Código Procesal Civil (Ley N° 439), por lo que, en cumplimiento a su Disposición Transitoria Sexta, corresponde examinar el mismo a efecto: de verificar si se cumplieron o no los requisitos previstos por ley
- DIStrito: Pando
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO I: Que, el Código
- Que, al presente, estando en plena vigencia el nuevo Código Procesal Civil, Ley N° 439
- Que, en mérito del análisis precedente, aplicando lo establecido en el art
- CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisado el recurso interpuesto por el Gobierno Autónomo
- Que, al efecto del recurso
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social
- Regístrese, comuniqúese y cumplase.
