Emitido el Auto de Vista de fs
Emitido el Auto de Vista de fs. 74 y vta., se notifica al recurrente en fecha 06 de enero de 2016 (fs. 76), habiéndose presentado el recurso en fecha 14 de enero de 2016 (timbre de fs. 78), esto dentro del plazo previsto en el art. 257 del Código de Procedimiento Civil, recurso en el cual también se advierte que el recurrente precisa la resolución recurrida; asimismo corresponde señalar que luego de la emisión del Auto definitivo, el recurrente impugnó la mencionada resolución y al ser el Auto de Vista confirmatorio, recurre de casación dentro de una resolución definitiva pronunciada en proceso ordinario, deduciendo que la resolución resulta ser recurrible
- Expediente: CB-10-16–A
- Partes: Rosendo Grover Jaldín Mejía c/ Alexander Fernando Mejía Aguilar
- Proceso: Resolución de contrato
- Distrito: Cochabamba
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- El mencionado Auto definitivo es impugnado por el demandado y en base a ello se
- II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista de fs
- II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación
- El recurrente acusa inobservancia y errónea aplicación del art
- De acuerdo al detalle descrito se evidencia que el recurrente ha dado cumplimiento a lo
- Por lo expuesto, este Tribunal considera haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en el art
- La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber.
