La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277 parágrafo II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 78 a 79 vta., interpuesto por Alexander Fernando Mejía Aguilar contra del Auto de Vista con Ptda. Nº 262/2015 de fecha 11 de diciembre de 2015
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277 parágrafo II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 78 a 79 vta., interpuesto por Alexander Fernando Mejía Aguilar contra del Auto de Vista con Ptda. Nº 262/2015 de fecha 11 de diciembre de 2015
- Expediente: CB-10-16–A
- Partes: Rosendo Grover Jaldín Mejía c/ Alexander Fernando Mejía Aguilar
- Proceso: Resolución de contrato
- Distrito: Cochabamba
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- El mencionado Auto definitivo es impugnado por el demandado y en base a ello se
- II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista de fs
- II.2.- Análisis del contenido del recurso de casación
- El recurrente acusa inobservancia y errónea aplicación del art
- De acuerdo al detalle descrito se evidencia que el recurrente ha dado cumplimiento a lo
- Por lo expuesto, este Tribunal considera haberse dado cumplimiento a lo dispuesto en el art
- La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber.
