Auto Supremo AS/0211/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0211/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

Por otro lado, con relación al Auto Supremo 214/2007 de 28 de marzo, sobre el


Por otro lado, con relación al Auto Supremo 214/2007 de 28 de marzo, sobre el que la recurrente explica que estableció que los Tribunales de alzada tienen como objetivo verificar si el iter lógico, expresado en la fundamentación del fallo, se encuentra acorde a las reglas del recto entendimiento humano analizando si la motivación es, clara, completa y emitida con arreglo a la normas de la sana crítica, radicando la contradicción en que el Auto de Vista no respondió de manera fundada a su motivo de apelación restringida en el que señaló que existió pruebas que establecieron la existencia de agresiones mutuas y no se consideraron para la aplicación del art. 290 del CP; se concluye que, dicha fundamentación resulta clara y suficiente a efectos de verificar la contradicción denunciada; en consecuencia, el motivo resulta admisible