Auto Supremo AS/0219/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0219/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art


Como segundo motivo, denuncia que el Tribunal de apelación habría revalorizado la prueba testifical, señalando además que al calificar a la Sentencia de falsa, se habría violado el principio de inmediación y el Debido Proceso, al efecto cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 251 de 22 de julio de 2005; en este motivo se observa que el recurrente cumple con citar la posible contradicción entre el mencionado precedente y la Resolución recurrida de casación, por lo que este Tribunal debe ingresar al análisis de fondo de este motivo, deviniendo en consecuencia este motivo en admisible.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE sólo el segundo motivo del recurso de casación, interpuesto por Sabino Mercado Fuentes de fs. 125 a 126 vta.; asimismo, en cumplimiento del segundo párrafo del citado artículo, por secretaria de Sala hágase conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, del Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo