2) Violación al principio de congruencia en el Auto de Vista impugnado
2) Violación al principio de congruencia en el Auto de Vista impugnado.- Arguyen: i) Que no se cumplió la congruencia que debe existir entre la parte considerativa y la resolutiva del Auto de Vista impugnado; ii) Que el Tribunal de alzada en un análisis de una supuesta errónea valoración de la prueba, concluyeron que no es evidente; y posteriormente, señalan que no se realizó una correcta valoración de las pruebas testificales, por lo que “no se ponen de acuerdo “SI SE HA VALORADO CORRECTAMENTE O NO LAS PRUEBAS” (sic); y, iii) Que, el Tribunal de apelación de manera incongruente se pronunció respecto a la inobservancia y errónea aplicación de la ley, concluyendo que no es evidente porque el apelante, no refiere en forma concreta la norma o al modo que se violó la norma; sin embargo, “líneas más arriba” señalaron que existió inobservancia a la ley. Posteriormente, hace referencia a la Sentencia Constitucional 1846/2004-R de 5 de noviembre. Asimismo, señalan que el Tribunal de apelación no realizaron una correcta interpretación de la Sentencia. Finalmente, cita como precedentes contradictorios, partes de los Autos Supremos 340 de 28 de agosto de 2006 y 307 de 11 de junio de 2003, principalmente la parte de la doctrina legal aplicable; y, en aplicación que se pretende, reitera lo señalado en párrafo precedente
- Por memorial presentado el 11 de enero 2016, cursante de fs
- I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Mario Alberto Rivera Saenz, interpuso recurso de apelación
- II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Como precedente contradictorio, realiza citas textuales parciales del Auto Supremo 431 de 15 de octubre
- 2) Violación al principio de congruencia en el Auto de Vista impugnado
- 3) Violación al art
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos, se establece que el 04 de enero de 2016, el
- Respecto a los demás requisitos, se observa
- c) Respecto a la violación a los arts
- En mérito a lo expuesto, y conforme lo señala el párrafo tercero del art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
