b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Octavio Choquevillca Mamani (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Octavio Choquevillca Mamani (fs. 361 a 369 subsanado a fs. 420 y vta.) y el acusador particular Juan Huanca Mamani (fs. 390 a 396 vta. subsanado de fs. 424 a 428), interpusieron recursos de apelación restringida, habiendo sido resueltos por Auto de Vista 39/2015 de 16 de noviembre (fs. 442 a 446 vta.), emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que declaro Improcedentes las apelaciones interpuestas confirmando totalmente la Sentencia apelada
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Octavio Choquevillca Mamani (fs
- c) El 23 de diciembre de 2015 (fs
- De la revisión del recurso de casación (fs
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Conforme se precisado en el acápite III de la presente resolución, para la admisión del
- A los fines de verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad del presente recurso,
- Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el art
- De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
