Inicialmente se observa, que el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo establecido por
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
Inicialmente se observa, que el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo establecido por la normativa penal, habida cuenta que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista recurrido el 31 de diciembre de 2015, conforme se observa en la diligencia de fs. 430, formulando el recurso de casación el 8 de enero de 2016; es decir, dentro del plazo de cinco días hábiles que le otorga la ley, cumpliendo con el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP, cabe señalar que el 1 de enero es feriado
- Por memorial presentado el 8 de enero de 2016, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Víctor Santos Condori, formuló recurso de apelación restringida
- De la revisión del recurso de casación, se extrae los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Inicialmente se observa, que el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo establecido por
- El Auto Supremo 090/2013 de 28 de marzo, no será considerado en el análisis de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
