Auto Supremo AS/0276/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0276/2016-RA

Fecha: 31-Mar-2016

Debiendo proseguirse con el trámite del recurso admitido, conforme a ley

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 025, y en aplicación de lo dispuesto por el parágrafo II del art. 277 del Código Procesal Civil, ADMITE el de casación de fs. 610 a 615 y vta., formulado por Jorge López Saavedra contra el Auto de Vista Nº 98, de 04 de noviembre de 2015; asimismo en aplicación de los arts. 277.I y 220.I num. 5) del mencionado Código Procesal Civil declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 620 a 623 y vta., formulado por Marcos Aras Arostegui, Carlos Paniagua Quinteros contra el Auto de Vista Nº 98, de 04 de noviembre de 2015 que cursa de fs. 597 a 599 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.
Debiendo proseguirse con el trámite del recurso admitido, conforme a ley