Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir resolución en la forma prevista por el
De acuerdo al detalle descrito se evidencia que los recurrentes han dado cumplimiento a lo previsto en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil.
Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir resolución en la forma prevista por el art. 277.II del Código Procesal Civil
Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir resolución en la forma prevista por el art. 277.II del Código Procesal Civil
- Partes: Julián Arancibia Marquez y otra. c/ Mario Villarroel Dávalos y otra
- Proceso: Usucapión decenal
- Distrito: Chuquisaca
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- La Sentencia de primera instancia es recurrida de apelación por los demandantes, en base al
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista de fs
- Acusa violación, interpretación errónea y aplicación indebida del art
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
- Regístrese, y notifíquese.
