POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 193 a 195 formulado por Julián Arancibia Marquez y Faustina María Andrade Tolavi de Arancibia mediante sus representantes Hilda y Alicia Arancibia Andrade contra el Auto de Vista S.C.FAM – 45/2016
- Partes: Julián Arancibia Marquez y otra. c/ Mario Villarroel Dávalos y otra
- Proceso: Usucapión decenal
- Distrito: Chuquisaca
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- La Sentencia de primera instancia es recurrida de apelación por los demandantes, en base al
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista de fs
- Acusa violación, interpretación errónea y aplicación indebida del art
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley
- Regístrese, y notifíquese.
