Auto Supremo AS/0150/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0150/2016

Fecha: 06-May-2016

Contra la resolución de segunda instancia, la parte demandada formuló recurso de casación en el

I.1.2. Auto de Vista
En grado de apelación deducida por la parte demandada (fs. 53 a 54), la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 176 de 7 de mayo de 2015 (fs. 64 y vta.), confirmó la Sentencia de 11 de diciembre de 2014, cursante de fs. 49 a 51 vta., con costas.
I.2. Motivos del recurso de casación
Contra la resolución de segunda instancia, la parte demandada formuló recurso de casación en el fondo, que en lo sustancial de su contenido, acusa que el Auto de Vista recurrido no cumplió con la previsión del art. 236 del Código de Procedimiento Civil (CPC), debido a que no se habría circunscrito a sustanciar la expresión de agravios formulados en apelación, refiriendo en concreto: al monto de la indemnización que correspondería al actor tomando en cuenta el tiempo de servicios establecido; al aguinaldo doble que no correspondería por irretroactividad del DS N° 1802; a los sueldos devengados, que no correspondería por no existir sueldos pendientes, conforme a las planillas adjuntadas, y; la multa del 30%, que tampoco correspondería debido a que el trabajador nunca habría asistido a la empresa para el pago de la indemnización