Al punto dos, en igual sentido, será la Agencia Nacional de Hidrocarburos la institución adecuada
Al punto dos, en igual sentido, será la Agencia Nacional de Hidrocarburos la institución adecuada quien preste información con relación a la fecha y medio de comunicación de su publicación, de la citada Resolución
- Auto Supremo Nº 161/2016
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I: Que notificada legalmente la empresa demandante con el Auto Supremo Nº 438/2015-L de
- CONSIDERANDO II: Que, así planteada la solicitud de aclaración y complementación, no obstante que los
- En el caso de autos, en consideración a los puntos cuya aclaración impetra se establece
- Al punto dos, en igual sentido, será la Agencia Nacional de Hidrocarburos la institución adecuada
- En consecuencia, habiendo sido emitido el Auto Supremo N°438/2015-L de 3 de diciembre de 2015,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Social y Administrativa Segunda del Tribunal
- Providenciando al memorial que precede, téngase por apersonado para fines de ley, y en lo
- AI OTROSÍ I
- Regístrese y notifíquese.
