De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 356/2016-RA
Sucre, 23 de mayo de 2016
Expediente: Potosí 6/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Bernardo Antonio Weiler Velarde
Delito : Resoluciones Contrarias a la Constitución y las Leyes y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 11 de noviembre de 2016, cursante de fs. 785 a 787, Bernardo Antonio Weiler Velarde, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 27/2015 de 13 de octubre de fs. 759 a 760, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí. Asimismo, por memoriales presentados el 12 y 18 de febrero de 2016, cursantes de fs. 808 a 810 y 814 a 817, Waldo Aramayo Medinacelli en su condición de Gerente Regional Potosí a.i. dependiente de la Gerencia General de la Aduana Nacional y Bernardo Antonio Weiler Velarde, respectivamente interponen recursos de casación contra el Auto de Vista 2/2016 de 15 de enero cursante de fs. 743 a 746 vta., emitido también por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justica de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Aduna Departamental de Potosí contra Bernardo Antonio Weiler Velarde, por la presunta comisión de los delitos de Resoluciones Contrarias a la Constitución y las Leyes e Incumplimiento de Deberes, previstos y sancionados por los arts. 153 y 154 del Código Penal (CP) respectivamente.
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 20/2015 de 17 de abril (fs. 574 a 592), el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a Bernardo Antonio Weiler Velarde, autor de la comisión del delito de Incumplimiento de Deberes con su agravante, previsto y sancionado por el art. 154 del CP imponiéndole la pena de cinco años de privación de libertad. Asimismo, se le absolvió de culpa y pena en la comisión del delito de Resoluciones Contrarias a la Constitución y las Leyes, previsto y sancionado por el art. 153 del CP
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 356/2016-RA
Sucre, 23 de mayo de 2016
Expediente: Potosí 6/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Bernardo Antonio Weiler Velarde
Delito : Resoluciones Contrarias a la Constitución y las Leyes y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 11 de noviembre de 2016, cursante de fs. 785 a 787, Bernardo Antonio Weiler Velarde, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 27/2015 de 13 de octubre de fs. 759 a 760, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí. Asimismo, por memoriales presentados el 12 y 18 de febrero de 2016, cursantes de fs. 808 a 810 y 814 a 817, Waldo Aramayo Medinacelli en su condición de Gerente Regional Potosí a.i. dependiente de la Gerencia General de la Aduana Nacional y Bernardo Antonio Weiler Velarde, respectivamente interponen recursos de casación contra el Auto de Vista 2/2016 de 15 de enero cursante de fs. 743 a 746 vta., emitido también por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justica de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Aduna Departamental de Potosí contra Bernardo Antonio Weiler Velarde, por la presunta comisión de los delitos de Resoluciones Contrarias a la Constitución y las Leyes e Incumplimiento de Deberes, previstos y sancionados por los arts. 153 y 154 del Código Penal (CP) respectivamente.
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 20/2015 de 17 de abril (fs. 574 a 592), el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a Bernardo Antonio Weiler Velarde, autor de la comisión del delito de Incumplimiento de Deberes con su agravante, previsto y sancionado por el art. 154 del CP imponiéndole la pena de cinco años de privación de libertad. Asimismo, se le absolvió de culpa y pena en la comisión del delito de Resoluciones Contrarias a la Constitución y las Leyes, previsto y sancionado por el art. 153 del CP
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular en representación de la Gerencia General de
- c) Respecto del Auto de Vista 27/2015, el imputado Bernardo Antonio Weiler fue notificado el
- El recurrente denuncia que el Auto de Vista recurrido no resolvió todos los puntos señalados
- II
- Haciendo referencia a los motivos de su apelación restringida en cuanto a la vulneración de
- II.3.Recurso de casación de Bernardo Antonio Weiler Velarde
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- IV.1. Recurso de casación de Bernardo Antonio Weiler Velarde
- En el caso de autos, se establece que el 5 de noviembre de 2015, fue
- En cuanto al único agravio traído en casación, en el que se denuncia que el
- IV.2. Recurso de casación de Waldo Aramayo Medinaceli representante de la acusación particular
- En el caso de autos, se establece que el 3 de febrero de 2016, fue
- IV.3. Recurso de casación de Bernardo Antonio Weiler Velarde
- En el caso de autos, se establece que el 11 de febrero de 2016, fue
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
