Auto Supremo AS/0378/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0378/2016-RA

Fecha: 23-May-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia de 9 de febrero de 2011 (fs. 196 a 204), la Jueza Primera de Sentencia de Quillacollo de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró a los imputados Adan Américo Zambrana y María Elena Solíz Galarza, autores de la comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del CP, condenándoles a la pena de un año de reclusión, con costas a favor de la parte civil además del pago de daños y perjuicios averiguables en ejecución de sentencia. Tomando en cuenta el tiempo de la pena, en sujeción al art. 368 del Código de Procedimiento Penal (CPP), se les concedió el beneficio del Perdón Judicial, previo cumplimiento de los requisitos establecidos