En cuanto a la terminología de “improcedente” utilizado en el Auto de fecha 25 de
En cuanto a la terminología de “improcedente” utilizado en el Auto de fecha 25 de abril 2016, la misma debe ser entendida como una denegación al recurso de casación, por la finalidad que ha cumplido, no existiendo la sustracción de atribuciones como describe la recurrente
- CONSIDERANDO II: Que, del análisis de los antecedentes del cuadernillo de compulsa se puede evidenciar
- De la revisión de antecedentes se puede establecer que el Juez A quo al tramitar
- Corresponde señalar que los fallos, objeto de análisis, han sido desarrollados en fase de ejecución
- En cuanto a la terminología de “improcedente” utilizado en el Auto de fecha 25 de
- De conformidad al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
