De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
VISTOS: El recurso de casación de fs. 557 a 558 y vta., interpuesto por Margoth Arias vda. de Quiroga, y el recurso de casación de fs. 562 a 556 y vta., formulado por la empresa carpinpiso S.R.L. a través de su representante Grover Roncal Sorich contra el Auto de Vista Nº 23/2016 de 19 de febrero, cursante de fs. 550 a 555, pronunciada por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario sobre mejor derecho propietario, reivindicación, desocupación y entrega de inmueble y pago de daños y perjuicios, seguido por Margoth Arias vda. de Quiroga contra empresa carpinpiso S.R.L., el Auto de fs. 572 que concede el recurso, los antecedentes del proceso; y
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 15/2015 de 17 de abril, cursante de fs. 509 a 520, que declaró probada la demanda sobre reivindicación, desocupación y entrega de inmueble y pago de daños y perjuicios, e improbada la demanda de mejor derecho propietario, sin costas; Resolución de primera instancia que al ser apelada por la empresa demandada, fue resuelto por Auto de Vista N º 23/2016 de 19 de febrero, cursante de fs. 550 a 555, que revocó parcialmente la Sentencia y deliberando en el fondo declaró probada la demanda, únicamente en lo que respecta a la acción reivindicatoria, e improbada con relación al pago de daños y perjuicios, sin costas; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por ambas partes, que son objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
- Partes: Margoth Arias vda. de Quiroga c/ empresa carpinpiso S.R.L
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- Recurso demandante
- Recurso demandado
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
