Auto Supremo AS/0129/2016-I
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0129/2016-I

Fecha: 06-Jun-2016

Se regula el honorario profesional del abogado de la parte demandante en la suma de

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en los arts.184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial en aplicación del art. 277.I del NCPC, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación en el fondo, interpuesto por Myung Keun Yoon, en representación legal de Casa KOREA, contra el Auto de Vista de 02 de febrero de 2016 (fs. 213 a 216 vta.), pronunciado por la Sala Social, Contenciosa Tributaria y Contencioso Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; con costas.
Se regula el honorario profesional del abogado de la parte demandante en la suma de Bs.500 que mandará hacer efectivo el Juez a quo en ejecución de Sentencia