POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del 277-I del Código Procesal Civil; ADMITE los recursos de casación interpuestos, el primero por la Cooperativa Rural de Electricidad CRE Ltda., representada por Rolando Delfo Limpias Salgado, cursante de fs. 379 a 383 y; el segundo interpuesto por la Jefatura Departamental del Trabajo, representada legalmente por Medardo Flores Vaca, de fs. 390 a 392 de actuados
- VISTOS: Los recursos de casación interpuestos, el primero por la Cooperativa Rural de Electricidad CRE
- Que, en la materia se tiene como norma específica al Código Procesal del Trabajo,
- CONSIDERANDO II
- Que, el recurso de casación cursante de fs
- Por consiguiente, cumplidos los requisitos establecidos para la admisibilidad de ambos recursos, procédase a la
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Firmado
