2) Reclama que el Auto de Vista recurrido no habría realizado la enunciación del hecho
2) Reclama que el Auto de Vista recurrido no habría realizado la enunciación del hecho objeto del juicio o su determinación circunstanciada, previsto por el art. 370 inc. 3) del CPP, bajo el fundamento de que no se establece cuáles serían los hechos considerandos idénticos, limitándose a indicar que existiría identidad de sujeto, objeto y hechos, sin tomar en cuenta que los hechos juzgados fueron cometidos en el año 1998 en la tramitación de la declaratoria de herederos de Margarita Ojeda, mientras que los hechos juzgados de la presente causa fueron cometidos el 26 de mayo de 2010, al momento de tramitar su cedula de identidad y que por lógica no se tratarían de los mismos hechos, ya que fueron cometidos en distintas épocas. Que tampoco se trataría de un delito continuado, porque los hechos se consumaron en diferentes épocas. Además, el Auto de Vista 53/2015, emitido dentro del primero proceso, hubiera establecido que la conversión de acciones solo se realizó por el delito de Estelionato, disponiendo la continuación del proceso por los delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, infiriéndose de los primeros hechos que no existe cosa juzgada, ya que se encontraría con acusación, con los actos preparatorios para el juicio
- Del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Reclama que el Auto de Vista recurrido no habría realizado la enunciación del hecho
- 3) Alega que el Auto de Vista impugnado realizó una nueva valoración de la (prueba
- Invoca como precedentes contradictorios, los Autos Supremos 47/2003 de 28 de enero, 316/2003, 317/2003 de
- El art
- En este contexto, el art
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Conforme se tiene señalado, el recurso de casación, condiciona su admisión al cumplimiento de los
- Por otra parte, es menester señalar que si bien el derecho de impugnación está reconocido
- En ese entendido, en art
- Al respecto, el Auto Supremo 078/2012-RA de 23 de abril, pronunciado por este Tribunal, precisó
- En ese contexto, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecida en
- Por otra parte, cabe destacar que el art
- En efecto, de los antecedentes procesales, se advierte que la parte imputada, opuso entre otras
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
