La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
Finalmente, respecto a los otros Autos Supremos invocados, se constata que la parte recurrente, únicamente los cita, sin realizar ninguna explicación sobre la presunta contradicción que existiría entre estos y el Auto de Vista ahora impugnado; por lo que, menos podría este Tribunal realizar la labor de contradicción y de esta forma emitir un fallo que unifique jurisprudencia.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Iván Felipe Azurduy Carranza en representación de Federico Gover Fernández Muñecas y Pedro Manuel Melean Calderón, cursante de fs. 269 a 272
- Por memorial presentado el 11 de enero de 2016, cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- De manera general, cita los Autos Supremos 166/05 de 12 de mayo, 524/06 de 17
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo establecido
- Por otra parte, si bien denuncian la vulneración del art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
