Por memorial presentado el 11 de enero de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 473/2016-RA
Sucre, 24 de junio de 2016
Expediente: La Paz 35/2016
Parte Acusadora: Federico Gover Fernández Muñecas y otro
Parte Imputada: Pamela Ivon Quiroz Jordán
Delitos: Difamación y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 11 de enero de 2016, cursante de fs. 269 a 272, Iván Felipe Azurduy Carranza en representación de Federico Gover Fernández Muñecas y Pedro Manuel Melean Calderón, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 86/2015 de 24 de noviembre, de fs. 260 a 261 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por los recurrentes contra Mireya Pamela Ivon Quiroz Jordán, por la presunta comisión de los delitos de Difamación e Injurias, previsto y sancionado por los arts. 282 y 287 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 473/2016-RA
Sucre, 24 de junio de 2016
Expediente: La Paz 35/2016
Parte Acusadora: Federico Gover Fernández Muñecas y otro
Parte Imputada: Pamela Ivon Quiroz Jordán
Delitos: Difamación y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 11 de enero de 2016, cursante de fs. 269 a 272, Iván Felipe Azurduy Carranza en representación de Federico Gover Fernández Muñecas y Pedro Manuel Melean Calderón, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 86/2015 de 24 de noviembre, de fs. 260 a 261 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por los recurrentes contra Mireya Pamela Ivon Quiroz Jordán, por la presunta comisión de los delitos de Difamación e Injurias, previsto y sancionado por los arts. 282 y 287 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 11 de enero de 2016, cursante de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- De manera general, cita los Autos Supremos 166/05 de 12 de mayo, 524/06 de 17
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, el recurso de casación fue interpuesto dentro del plazo establecido
- Por otra parte, si bien denuncian la vulneración del art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
