Auto Supremo AS/0474/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0474/2016-RA

Fecha: 24-Jun-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 474/2016-RA
Sucre, 24 de junio de 2016

Expediente: La Paz 39/2016
Parte Acusadora: Silvia Noya laguna
Parte Imputada: Marianella Cervall Rowbottom
Delitos : Difamación y otro

RESULTANDO

Por memorial presentado por la acusada Marianella Cervall Rowbottom, el 8 de abril de 2016, cursantes de fs. 522 a 225 vta., interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 017/2016 de 22 de febrero (fs. 503 a 507), pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal interpuesto por Silvia Noya Laguna, contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Difamación y Calumnia previstos y sancionados por los arts. 282 y 283 del Código Penal (CP).

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia 218/2015 de 20 de mayo (fs. 451 a 459) y su Auto Complementario de 27 del mismo mes (fs. 464), el Juez Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de La Paz, declaró a Marianella Cervall Rowbottom, autora del delito de Calumnia, previsto y sancionado por el art. 283, imponiéndole la pena privativa de libertad de 2 años y 6 meses de reclusión, multa de 150 días a razón de Bs. 10.- por día; absolviéndole por el delito de Difamación.

b) Contra la mencionada Sentencia, la acusada particular Marianella Cervall Rowbottom interpuso apelación restringida (fs. 466 a 477 vta.) resuelto por Auto de Vista 017/2016 de 22 de febrero (fs. 503 a 507), que declaró improcedentes las cuestiones incidentales propuestas en reserva de apelación como las cuestiones formuladas en la apelación restringida, confirmando en consecuencia la Resolución apelada y su Auto complementario