POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 277.II del Código Procesal Civil y art. 42.I núm. 1 de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 402 a 414, interpuesto por Severiano Viruez Avila contra el Auto de Vista de 30 de noviembre de 2015, cursante de fs. 398 a 400 vta., pronunciado por el anteriormente denominado Juzgado Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial de Santa Cruz
- Partes: Wilvar Ibáñez Cuellar c/ Severiano Viruez Avila
- Proceso: Sumario sobre desocupación y entrega de inmueble
- Distrito: Santa Cruz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II. 2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- Asimismo acusa que, los Jueces de instancia habrían incurrido en infracción de los arts
- Por otro lado haciendo una relación de los hechos, acusa que, el Juez a quo,
- También denuncia que, el argumento aducido en Sentencia de que la excepción de prescripción extintiva
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
