Auto Supremo AS/0581/2016-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0581/2016-RI

Fecha: 06-Jun-2016

De lo señalado se verifica que la providencia fue impugnada en ejecución de Sentencia, consecuentemente

De lo señalado se verifica que la providencia fue impugnada en ejecución de Sentencia, consecuentemente la apelación de fs. 108 y vta., planteada contra el merituado fallo estaba sujeto a lo dispuesto por el art. 518 del Código de Procedimiento Civil, quedando claramente establecido que toda apelación promovida contra resoluciones emitidas en ejecución de Sentencia, debe ser concedida únicamente en el efecto devolutivo sin recurso ulterior, consecuentemente un Auto de Vista que resuelve una apelación en ejecución de Sentencia no es recurrible en casación conforme a la norma citada. Consecuentemente le correspondía al Ad quem negar su concesión