Auto Supremo AS/0603/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0603/2016

Fecha: 09-Jun-2016

Cuando se tramite el recurso de casación, los tribunales de Alzada deben considerar la aplicación

Cuando se tramite el recurso de casación, los tribunales de Alzada deben considerar la aplicación del art. 399 de la Ley Nº 603, que señala lo siguiente: “(CONCESIÓN DEL RECURSO Y REMISIÓN DEL EXPEDIENTE)… II. El tribunal negará directamente la concesión del recurso cuando: a) Hubiere sido interpuesto después de vencido el plazo. b) La resolución impugnada no admita recurso de casación”, esta norma describe la obligación -para el Ad quem- de analizar la naturaleza de la Resolución recurrible y la categoría del proceso debatido, con la finalidad de que puedan negar la concesión del recurso de casación en los dos supuestos que señala el art. 399 de la Ley Nº 603, la última de ellas relativa a la naturaleza de la Resolución recurrible, que no fue cumplido por el Tribunal de apelación