Este fallo motivó la interposición del recurso de casación en la forma de fs
Este fallo motivó la interposición del recurso de casación en la forma de fs. 77, de cuyo análisis se evidencia que es carente de toda fundamentación, no siendo suficiente “referir que existe errónea interpretación del art. 123 de la C.P.E., efectuando una transcripción de dicha norma constitucional, para mencionar seguidamente que la misma se encuentra supeditada a la disposición prevista en el art. 48-IV de la Carta Fundamental del Estado", siendo este el fundamento del recurso de casación
- Auto Supremo N° 186/2016-I
- Sucre, 4 de julio de 2016
- Expediente: SC-CA.SAII-PDO.235/2016
- Distrito: Pando
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO I: Que, el Código de Procedimiento Civil (CPC) de 6 de agosto de 1975,
- Que, por disposición expresa de la Ley N° 719 de 6 de agosto de 2015,
- Que, en mérito del análisis precedente, aplicando lo establecido en el art
- Disposición Transitoria Sexta, corresponde examinar el mismo a efectos de verificar si se cumplieron o
- Al efecto antes indicado, se tiene que, conforme a los datos venidos a este Tribunal,
- Deducidos los recursos de apelación por ambas partes de fs
- Este fallo motivó la interposición del recurso de casación en la forma de fs
- Lo anotado precedentemente, sin duda, permite a este Tribunal afirmar que el recurrente no cumplió
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
