Auto Supremo AS/0189/2016-I
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0189/2016-I

Fecha: 11-Jul-2016

Lo anotado precedentemente, sin duda, permite a este Tribunal afirmar que el recurrente no cumplió

Lo anotado precedentemente, sin duda, permite a este Tribunal afirmar que el recurrente no cumplió con el requisito establecido en el art. 274.I.3 del nuevo CPC, que dispone: “Expresará con claridad y precisión la Ley o Leyes infringidas, violadas, o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, especificando en que consiste la infracción, la violación, falsedad o error, ya se trate del recurso de casación en el fondo, en la forma o en ambos. Estas especificaciones deberán hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales anteriores, ni suplirse posteriormente”, su incumplimiento que acarrea determinar la improcedencia del recurso