VISTOS: El recurso de compulsa interpuesto por la Caja Nacional de Salud, representada legalmente por
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 197-A
Sucre, 12 de julio de 2016
Expediente: 247/2016
Demandante: Caja Nacional de Salud
Demandada: Vocales de la Sala Social y Administrativa Tercera del
Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
Materia : Recurso de Reclamación
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de compulsa interpuesto por la Caja Nacional de Salud, representada legalmente por Kelly Diony Quisbert Callizaya y José Osmar Rojas Camargo, cursante de fs. 56 a 60 de obrados, dentro del Recurso de Reclamación seguido por Eusebio Kantuta Quisbert contra el compulsante; los antecedentes adjuntos, y:
CONSIDERANDO I:
De antecedentes se evidencia que, la Caja Nacional de Salud, representada legalmente por Kelly Diony Quisbert Callizaya y José Osmar Rojas Camargo, por memorial de fs. 56 a 60, interpone recurso de compulsa ante los Vocales de la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Compulsa que fundamenta señalando que, en fecha 11 de mayo de 2016, el Departamento Jurídico Nacional de la C.N.S. fue notificado con el Auto de Vista N° 22/2016 de 31 de marzo, el cual revoca la Resolución N° 142/15 de 04 de agosto de 2015, interponiendo contra dicha Resolución recurso de casación en el fondo y en la forma el 25 de mayo de 2016, en el marco y normativa del Código Procesal Civil, Ley N° 439; y en fecha 22 de junio de 2016, ser notificados con el Auto N° 213/2016 de 14 de junio, rechazando el recurso de casación por extemporáneo, y declarando ejecutoriado el Auto de Vista N° 22/2016 de 31 de marzo, por no encontrarse interpuesto dentro del plazo de ocho días previsto en la norma, sin señalar para ello la normativa a la que se refiere
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 197-A
Sucre, 12 de julio de 2016
Expediente: 247/2016
Demandante: Caja Nacional de Salud
Demandada: Vocales de la Sala Social y Administrativa Tercera del
Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
Materia : Recurso de Reclamación
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de compulsa interpuesto por la Caja Nacional de Salud, representada legalmente por Kelly Diony Quisbert Callizaya y José Osmar Rojas Camargo, cursante de fs. 56 a 60 de obrados, dentro del Recurso de Reclamación seguido por Eusebio Kantuta Quisbert contra el compulsante; los antecedentes adjuntos, y:
CONSIDERANDO I:
De antecedentes se evidencia que, la Caja Nacional de Salud, representada legalmente por Kelly Diony Quisbert Callizaya y José Osmar Rojas Camargo, por memorial de fs. 56 a 60, interpone recurso de compulsa ante los Vocales de la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Compulsa que fundamenta señalando que, en fecha 11 de mayo de 2016, el Departamento Jurídico Nacional de la C.N.S. fue notificado con el Auto de Vista N° 22/2016 de 31 de marzo, el cual revoca la Resolución N° 142/15 de 04 de agosto de 2015, interponiendo contra dicha Resolución recurso de casación en el fondo y en la forma el 25 de mayo de 2016, en el marco y normativa del Código Procesal Civil, Ley N° 439; y en fecha 22 de junio de 2016, ser notificados con el Auto N° 213/2016 de 14 de junio, rechazando el recurso de casación por extemporáneo, y declarando ejecutoriado el Auto de Vista N° 22/2016 de 31 de marzo, por no encontrarse interpuesto dentro del plazo de ocho días previsto en la norma, sin señalar para ello la normativa a la que se refiere
- VISTOS: El recurso de compulsa interpuesto por la Caja Nacional de Salud, representada legalmente por
- En ese sentido y refiriéndose a la normativa aplicable al recurso de casación emergente del
- A continuación el compulsante, luego de citar la Ley N° 439 de 19 de
- CONSIDERANDO II
- Con ese antecedente, la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de
- Por lo que, conforme a los fundamentos y normativa expuestos, corresponde dar aplicación al art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.-
