Auto Supremo AS/0213/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0213/2016

Fecha: 12-Jul-2016

CONSIDERANDO II: Que, en mérito a los antecedentes del memorial del recurso de casación de

Concluyó “…solicitando se conceda el presente recurso para que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista Nº 003/2016, deliberando en el fondo declare probada la demanda.
CONSIDERANDO II: Que, en mérito a los antecedentes del memorial del recurso de casación de fs. 93 a 94 de obrados, formulado por Omar Rojas Rojas, que consigna en la suma que recurren de casación en la forma y en el fondo, corresponde realizar las siguientes consideraciones:
En principio, es preciso señalar que el recurso de casación se equipara a una nueva demanda de puro derecho, que debe contener los requisitos enumerados en el art. 258 del Código de Procedimiento Civil (CPC), debiendo realizar una fundamentación por separado de manera precisa, clara y concreta las causas que motivan la casación, ya sea en la forma, en el fondo o en ambos, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar conforme señala la ley en qué consiste la infracción que se acusa y es reclamada por la parte perjudicada que pretende a través de esta nueva demanda se reponga su derecho