Bajo tal premisa y toda vez que el Código Procesal del Trabajo no tiene instituido
Bajo tal premisa y toda vez que el Código Procesal del Trabajo no tiene instituido un sistema recursivo propio, el trámite del recurso de casación se tramita conforme las disposiciones expresas de la Ley Nº 439, en vigencia desde el 6 de febrero de 2016. Por tal razón se aplica la Disposición Transitoria Sexta de este cuerpo adjetivo civil, en “PROCESOS DE SEGUNDA INSTANCIA Y CASACIÓN”
- VISTOS: El recurso de Nulidad y casación, interpuesto por Claudina Rodas Cáceres, de fs
- CONSIDERANDO I
- Bajo tal premisa y toda vez que el Código Procesal del Trabajo no tiene instituido
- Este Tribunal, respetando la referida norma, ingresa a considerar si en la presente causa se
- CONSIDERANDO II
- Por su parte plantea recurso de Casación en el fondo, acusando errónea e indebida aplicación
- Contestación al Recurso
- Por su parte la demandante Segundina Cáceres y Alex Marco Cáceres Rodas, representando a la
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
