CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación o nulidad en la forma y
CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación o nulidad en la forma y en el fondo, ingresando a su análisis en relación con los datos del proceso y la resolución recurrida, se establece lo siguiente:
Que, conforme estableció la doctrina y la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación se equipara a una nueva demanda de puro derecho, debe contener los requisitos enumerados en el art. 258 del CPC, debiendo fundamentarse por separado de manera precisa, clara y concreta las causas que motivan la casación en la forma, en el fondo o en ambos, no siendo suficiente referir la vulneración de normas legales, ni hacer relatos intrascendentes, sin establecer de manera precisa las disposiciones legales infringidas, demostrando en qué consiste la infracción que se acusa y es reclamada, describiendo cómo se incurrió en ella y cuál la probable solución en la que debió resolver el tribunal de alzada
Que, conforme estableció la doctrina y la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación se equipara a una nueva demanda de puro derecho, debe contener los requisitos enumerados en el art. 258 del CPC, debiendo fundamentarse por separado de manera precisa, clara y concreta las causas que motivan la casación en la forma, en el fondo o en ambos, no siendo suficiente referir la vulneración de normas legales, ni hacer relatos intrascendentes, sin establecer de manera precisa las disposiciones legales infringidas, demostrando en qué consiste la infracción que se acusa y es reclamada, describiendo cómo se incurrió en ella y cuál la probable solución en la que debió resolver el tribunal de alzada
- Auto Supremo N° 251/2016
- Sucre, 22 de agosto de 2016
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.385/2015
- Distrito: Santa Cruz de la Sierra
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral sobre pago de beneficios sociales, el Juez de
- En grado de apelación deducido por el representante de la empresa demandada cursante a fs
- El referido fallo motivó la interposición del recurso de casación o nulidad de fs
- Deduce recurso de casación o nulidad en el fondo y alternativamente en la forma
- Que, la fundamentación del auto de vista se refirió simplemente al art
- Aduce, que no se efectuó un análisis efectivo del proceso, refiriendo que no está comprobado
- Arguye, que el demandante mintió cuando sustento que no recibió pago por más de dos
- Concluye, interponiendo de manera incongruente recurso de nulidad y casación en la forma y en
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación o nulidad en la forma y
- En virtud a lo expuesto, deberá tenerse en cuenta que el recurso de casación puede
- El recurso de casación de fs
- Que, en este contexto, y lo expuesto en el recurso, se colige que el recurrente
- Con referencia a la inversión de la prueba se tiene, que de fs
- Que, de conformidad al art
- Que, por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos precedentemente se concluye que, el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese, devuélvase
