En grado de apelación deducido por el representante de la empresa demandada cursante a fs
En grado de apelación deducido por el representante de la empresa demandada cursante a fs. 51 y vta. de obrados; la contestación cursante de fs. 54 y vta., la Sala Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de Vista N° 117 de 25 de mayo de 2015 de fs. 61 a 62, confirmó totalmente la sentencia, con costas
- Auto Supremo N° 251/2016
- Sucre, 22 de agosto de 2016
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.385/2015
- Distrito: Santa Cruz de la Sierra
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral sobre pago de beneficios sociales, el Juez de
- En grado de apelación deducido por el representante de la empresa demandada cursante a fs
- El referido fallo motivó la interposición del recurso de casación o nulidad de fs
- Deduce recurso de casación o nulidad en el fondo y alternativamente en la forma
- Que, la fundamentación del auto de vista se refirió simplemente al art
- Aduce, que no se efectuó un análisis efectivo del proceso, refiriendo que no está comprobado
- Arguye, que el demandante mintió cuando sustento que no recibió pago por más de dos
- Concluye, interponiendo de manera incongruente recurso de nulidad y casación en la forma y en
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación o nulidad en la forma y
- En virtud a lo expuesto, deberá tenerse en cuenta que el recurso de casación puede
- El recurso de casación de fs
- Que, en este contexto, y lo expuesto en el recurso, se colige que el recurrente
- Con referencia a la inversión de la prueba se tiene, que de fs
- Que, de conformidad al art
- Que, por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos precedentemente se concluye que, el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese, devuélvase
