Auto Supremo AS/0515/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0515/2016-RA

Fecha: 05-Jul-2016

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art


En el caso presente, el Auto de Vista de 3 de mayo de 2016, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, ahora impugnado, resolvió también la alzada en contra de los incidentes y excepciones opuestas en juicio oral y resueltos por Auto de 1 de diciembre de 2015 por el A quo y que ahora motivan la instauración del presente recurso de casación; por lo que, no se impugna una Resolución emitida por el Tribunal de alzada en ejercicio de la competencia prevista por el art. 51 inc. 2) del CPP, considerando los requisitos para la admisión del recurso de casación desarrollados en el acápite III de la presente resolución y el entendimiento asumido por el máximo Tribunal de Justicia del País en cuanto al tipo de resoluciones judiciales recurribles a través del recurso de casación; en consecuencia, ante la falta de legitimación objetiva, el recurso deviene en inadmisible sin que resulte necesario analizar los requisitos de admisibilidad del recurso de casación.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Héctor Hidalgo Lliulle, cursante de fs. 74 a 75 vta