Auto Supremo AS/0519/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0519/2016-RA

Fecha: 05-Jul-2016

Ahora bien, respecto al único motivo en el cual denuncia, que el Tribunal de alzada


Ahora bien, respecto al único motivo en el cual denuncia, que el Tribunal de alzada sin efectuar mayor análisis ni la debida fundamentación sobre los tipos penales que le atribuyeron, no obstante presentó abundante jurisprudencia a tiempo de denunciar la errónea aplicación de la ley sustantiva, concluyó que la Jueza de mérito realizó una debida fundamentación, invoca el Auto Supremo 431 de 11 de octubre de 2006, respecto del cual se limitó a efectuar una transcripción parcial de su contenido, sin explicar los supuestos de hecho similares o las normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos, que posibilite su aplicabilidad a la problemática resuelta en el Auto de Vista recurrido, muchos menos concretó la solución pretendida, requisitos que son de ineludible cumplimiento de parte del recurrente, al constituir una carga procesal asignada por el art. 417 del CPP, conforme se desarrolló ampliamente en el apartado III de esta Resolución; en consecuencia, el motivo resulta inadmisible