POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el art. 277.I y Disposición Transitoria Sexta del Nuevo Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN de los recursos de casación de fs. 274 a 284 vta., y de fs. 286 a 287 vta., de obrados, disponiéndose la prosecución de la causa y en espera de turno para sorteo
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.313/2016
- Distrito: La Paz
- Que, al presente, estando en plena vigencia el nuevo CPC, Ley Nº 439 de 19
- Que, en mérito del análisis precedente, aplicando lo establecido en el art
- CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisados los recursos interpuestos por la Caja Petrolera
- Que, revisados los recursos formulados, se evidencia que fueron presentados dentro el plazo previsto por
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
