Que, revisados los recursos formulados, se evidencia que fueron presentados dentro el plazo previsto por
Que, revisados los recursos formulados, se evidencia que fueron presentados dentro el plazo previsto por ley y cumpliendo los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 258 del CPC anterior de 1975, en relación con el art. 274.I del actual CPC; estos hechos hacen admisible la consideración de los recursos de casación, por lo que oportunamente corresponderá su análisis y resolución conforme a derecho
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.313/2016
- Distrito: La Paz
- Que, al presente, estando en plena vigencia el nuevo CPC, Ley Nº 439 de 19
- Que, en mérito del análisis precedente, aplicando lo establecido en el art
- CONSIDERANDO II: Que, en el caso presente, revisados los recursos interpuestos por la Caja Petrolera
- Que, revisados los recursos formulados, se evidencia que fueron presentados dentro el plazo previsto por
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
