Finalmente, expresa que, con relación a los argumentos expuestos, solicitó al Tribunal de alzada la
Asimismo, aduce que solicitó la grabación del juicio oral mediante un medio magnetofónico, que fue adjuntada a la apelación restringida para demostrar la deficiente valoración que realizó la Juez de mérito, donde también se evidenciaba la violación del debido proceso, en la que incurrió durante el desarrollo de la audiencia de juicio oral y demostraba también la contradicción de la parte considerativa con la parte resolutiva de la Sentencia apelada, habiendo sido ofrecidas como parte de la expresión de agravios, además de otras documentales y testificales, aspectos que debían ser considerados en la audiencia de fundamentación; sin embargo, en la referida audiencia, a la que no asistió su abogada patrocinante por cuestiones de salud y viaje, no obstante su solicitud de aplazamiento de la misma, se llevó a cabo con la asistencia de una defensora de oficio, quien ni siquiera se contactó con él ni tuvo conocimiento pleno de los argumentos de la apelación, soslayando hacer una adecuada defensa; por cuanto, ni siquiera solicitó la judicialización de dicha prueba, así como tampoco expuso su solicitud de declaración de sus testigos ofrecidos, dejándolo en estado de indefensión, generándole un perjuicio en la oportunidad de fundamentar su recurso de apelación, lo que reclamó oportunamente, pero no mereció ningún pronunciamiento por parte del Tribunal de apelación
Finalmente, expresa que, con relación a los argumentos expuestos, solicitó al Tribunal de alzada la revisión de la referida Sentencia; sin embargo, no fueron considerados por el Tribunal de alzada, soslayando cumplir su labor de controlar la valoración probatoria efectuada por el inferior
- Por memorial presentado el 27 de junio de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, el acusado Litton Binet Angulo Pereyra, interpuso recurso de apelación restringida
- c) Por diligencia de 20 de junio de 2016 (fs
- Previa referencia de antecedentes, el recurrente aduce que en la fundamentación del recurso de apelación
- Continúa argumentando que, en apelación denunció “…inobservancia en las formalidades de la sentencia y disposiciones
- Finalmente, expresa que, con relación a los argumentos expuestos, solicitó al Tribunal de alzada la
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el acusado, Littón Binet Angulo Pereyra, fue
- Conforme se desarrolló en los párrafos precedentes, en el recurso de casación, cuya finalidad es
- Con relación a la referencia que hace de Autos Supremos a tiempo de describir los
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
