Auto Supremo AS/0609/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0609/2016-RA

Fecha: 18-Ago-2016

Regístrese, hágase saber y devuélvase


Ahora bien, con relación a la denuncia específica de omisión de pronunciamiento de parte del Tribunal de apelación, con relación a la prueba que habría adjuntado a su recurso de apelación restringida, habiendo aludido a una grabación de la audiencia de juicio las pruebas documentales y testificales, que debieron ser consideradas en audiencia de fundamentación del recurso de apelación restringida, que no habrían sido tomadas en cuenta no obstante su solicitud de aplazamiento de la audiencia debido a la imposibilidad de que asista su abogada, lo que no le fue concedido; por lo que, le asignaron una abogada de oficio que no efectuó un adecuado trabajo, el recurrente denuncia que le provocó un estado de indefensión, generándole un perjuicio en la oportunidad de fundamentar su recurso de apelación; sin embargo, en aplicación de los criterios relativos a la admisión excepcional, se advierte que no cumplió con su deber de explicar la relevancia que la prueba ofrecida en apelación tendría en la resolución de la causa, especificando las razones por las cuales la misma sería decisiva para la resolución de su recurso, razón por la cual no es posible que la denuncia genérica y carente de técnica recurso, posibilite excepcionalmente la apertura de la competencia de este Tribunal para conocer el fondo de la denuncia; por cuanto, en definitiva resulta inadmisible.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE, el recurso de casación interpuesto por Littón Binet Angulo Pereyra, cursante de fs. 376 A 379.

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