a) Por Sentencia 1/2015 de 3 de julio (fs
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
a) Por Sentencia 1/2015 de 3 de julio (fs. 174 a 176), el Juez de Partido y de Sentencia de Samaipata Provincia Florida del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Loy Bruno Ribera, absuelto de la comisión del delito de Daño Simple, previsto y sancionado por el art. 357 del CP, con costas contra el querellante
- Por memorial presentado el 29 de abril de 2016, cursante de fs
- a) Por Sentencia 1/2015 de 3 de julio (fs
- c) Por diligencia de 25 de abril de 2016 (fs
- Del memorial de recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Se deja constancia, en relación a los demás precedentes invocados como los Autos Supremos 135/2013-RRC
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
