De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 659/2016-RA
Sucre, 31 de agosto de 2016
Expediente: Santa Cruz 120/2010
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Alberto Pozo Vedia
Delito : Tráfico
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de junio de 2010, cursante de fs. 68 a 84, Alberto Pozo Vedia, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 48 de 21 de mayo de 2010, de fs. 60 a 63, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por los arts. 48 con relación al 33. incs. a) y m) de la Ley del Régimen de Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008).
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 1/2010 de 27 de marzo (fs. 37 a 42 vta.), el Tribunal de Sentencia de Camiri de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró al imputado Alberto Pozo Vedia, absuelto por el delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por los arts. 48 en relación al 33. incs. a) y m) de la Ley 1008, ordenando al mismo tiempo la cesación de todas las medidas cautelares interpuestas y con costas contra el Ministerio Público
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 659/2016-RA
Sucre, 31 de agosto de 2016
Expediente: Santa Cruz 120/2010
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Alberto Pozo Vedia
Delito : Tráfico
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de junio de 2010, cursante de fs. 68 a 84, Alberto Pozo Vedia, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 48 de 21 de mayo de 2010, de fs. 60 a 63, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por los arts. 48 con relación al 33. incs. a) y m) de la Ley del Régimen de Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008).
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Por Sentencia 1/2010 de 27 de marzo (fs. 37 a 42 vta.), el Tribunal de Sentencia de Camiri de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró al imputado Alberto Pozo Vedia, absuelto por el delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por los arts. 48 en relación al 33. incs. a) y m) de la Ley 1008, ordenando al mismo tiempo la cesación de todas las medidas cautelares interpuestas y con costas contra el Ministerio Público
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c) Por diligencia de 10 de junio de 2010 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
