De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
El recurrente indica que a pesar que el Tribunal de alzada, inicialmente señaló que conforme al ordenamiento procesal penal el Tribunal de apelación no puede revisar cuestiones de hecho que son verificadas en el juicio oral y público, además que la función -del Tribunal de alzada- controlador jurídico superior, tiende a corregir en primer término, el vicio in iudicando, pero solamente in iure, presuponiendo la intangibilidad del material fáctico sometido a juzgamiento y que es una premisa indiscutida que el tribunal ad quem, no puede descender al examen de los hechos, modificarlos, complementarlos o desconocerlos, debiendo respetar los fijados por el Juez a quo; determinó la procedencia del recurso de apelación restringida formulada por el Ministerio Público y lo declaró autor y culpable de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, con base a apreciaciones subjetivas, ingresando a analizar nuevamente la prueba documental –revalorización de prueba-
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c) Por diligencia de 10 de junio de 2010 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
