Refiere que el único argumento para denegar la concesión de su recurso de casación fue
II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE COMPULSA:
Refiere que el único argumento para denegar la concesión de su recurso de casación fue que el Auto de Vista proviene de un recurso de apelación en efecto devolutivo y que el mismo no procedería el recurso de casación, remitiéndose el Tribunal Ad quem al art. 274 - II inc. 2) del Código Procesal Civil
Refiere que el único argumento para denegar la concesión de su recurso de casación fue que el Auto de Vista proviene de un recurso de apelación en efecto devolutivo y que el mismo no procedería el recurso de casación, remitiéndose el Tribunal Ad quem al art. 274 - II inc. 2) del Código Procesal Civil
- Tribunal Departamental de Justicia
- I.- ANTECEDENTES DEL TESTIMONIO DE COMPULSA
- Contra la referida Resolución Juana Guiche Mercado Zabala interpuso recurso de casación en la forma
- Refiere que el único argumento para denegar la concesión de su recurso de casación fue
- Aduce que el Tribunal Ad quem realizo una aplicación inmotivada del art
- Solicitando en definitiva declarar legal el recuso de compulsa y conceder el recurso de casación
- III.2.- De la ultra actividad de la norma procesal
- Ahora si bien la misma en doctrina resulta aplicable, empero, su aplicabilidad no es de
- Sobre el primer punto en lo que concierne en analizar desde el enfoque constitucional, debido
- Ahora en cuanto al segundo, es decir analizar si la norma de cual se pretende
- Y por último, la Ley derogatoria en ciertos casos es la que establece expresamente
- III.3.- De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación
- Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el Legislador ha establecido la procedencia
- Y a los efectos de tener un entendimiento certero se debe aclarar que se entiende
- III.4.- De la improcedencia del recurso de casación contra resoluciones dictas en procesos voluntarios
- Bajo esa premisa, el art
- Que, del análisis de los antecedentes del cuadernillo de compulsa se puede evidenciar lo siguiente
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- Se impone multa a la compulsante conforme al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
